1975 fueron detenidos, secuestrados y torturados por la dictadura militar comandada por
Gregorio Álvarez, siendo adolescentes -25 de ellos menores de edad- para ver por primera
vez que la justicia tarda, pero llega. Los militares Juan Luis Álvez, Héctor Rombys y Mohacir
Leite fueron condenados a penas de 8 a 12 años de prisión por reiterados delitos de
privación de libertad, reiterados delitos de abusos de autoridad contra los detenidos,
reiterados delitos de lesiones graves en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados
delitos de privación de libertad en calidad de coautores.
“Hace 13 años que se presentó la causa, pero hace 49 años -en abril se cumplirían 50
años-, de cometidas las atrocidades”, relató Marisa Fleitas, una de las denunciantes, que
con tan solo 13 años era la menor del grupo de adolescentes que fueron secuestrados y
trasladados al Batallón de Infantería n° 10 de Treinta y Tres. “Es una vida de espera, de
batallar y de luchar contra la injusticia, entonces (esta condena, ndr) se recibe con esos
sentimientos encontrados de la satisfacción de que se haga justicia, de que se sepa la
verdad, de que se nos crea que era verdad lo que denunciábamos y lo que estábamos
diciendo, que no eran inventos ni fantasías de jóvenes sino que era verdad, que la justicia lo
comprobó”, afirmó Fleitas, quien fue secuestrada junto a su madre y sus tres hermanas.
Respecto a la tipificación de los delitos, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa
Humanidad, Ricardo Perciballe, explicó que “son figuras que generalmente se le aplican a
los militares que participaron de la represión porque desde Fiscalía no aplicamos el delito de
tortura por entender que fue creado luego del acaecimiento de los hechos”. Y agregó:
“Hemos tenido dos sentencias anteriores donde nosotros pedimos estos delitos. Los jueces
de primer grado imputaron torturas pero el Tribunal de Apelaciones revocó y mantuvo la
posición de la Fiscalía. Entendemos que hoy están aceptados por los tribunales penales y
por la Suprema Corte de Justicia estos delitos”. El fiscal explicó que los delitos de tortura
fueron adoptados recien en el año 2006, con la ley 18.026: “Para que quede claro: en
términos fenomenológicos estamos hablando claramente de tortura. Estamos hablando de
picana eléctrica, de submarino, de plantones, de golpizas, contra niños y adolescentes –
algunos de 13 años-, pero no aplica el delito de torturas en sí por un tema de principio de
legalidad”.
Álves, Rombys y Leite son hasta el momento los únicos condenados por estos atroces
crímenes, y cumplirán su condena en la cárcel de Domingo Arena, donde permanecen
detenidos desde su procesamiento. Asimismo, el fiscal Perciballe aseguró “que hay otros
involucrados y que seguramente va a haber nuevos cruzamientos. En estos días hubo
audiencias, seguramente la jueza del caso dé paso a Fiscalía para hacer las nuevas
imputaciones”. Y agregó: “Yo creo que podemos hablar de un tiempo muy cercano”.
Consultado sobre los delitos de índole sexual, Perciballe aclaró que “pudo haberse
imputado al médico que actuó en su momento, pero no pudo ser imputado por una cuestión
formal, porque se había dispuesto la prescripción”.
Esta resolución judicial significa un hilo de esperanza y un poco de justicia para quienes
padecieron tratos violentos e inhumanos por parte del Estado en años de dictadura militar, y
no solo. “Este fallo es muy importante para la sociedad uruguaya”, afirmó Marisa Fleitas. “Es
importante para la historia del pueblo uruguayo, para que se haga justicia, que se continúe
la búsqueda de justicia, de memoria y de verdad. Nos da aliento para continuar batallando
para que todas las causas tengan un fallo”.
El caso estuvo a cargo de la jueza de 1° Turno de Treinta y Tres, María Eugenia Mier, quien
notificó la sentencia el lunes 2 de setiembre.
Los 39 de Treinta y Tres
El 30 de octubre de 2011 un grupo de personas oriundas de Treinta y Tres, presentó una
denuncia penal por secuestro y torturas cometidos desde abril de 1975 en el marco de la
Operación Morgan, que tenía como objetivo la persecución a los integrantes del Partido
Comunista. De las 39 denunciantes, 25 eran niños y adolescentes menores de 18 años -la
más pequeña, Marisa Fleitas, tenía apenas 13 años-. Los entonces mayor Juan Luis Álvez,
el capitán Héctor Rombys y el alférez Mohacir Leite son los tres primeros condenados de
una larga lista de acusados.
Los jóvenes vivían en un pueblo donde se conocían todos; los hijos de los obreros, de
militares, de oficiales, de médicos, todos se encontraban en los centros de estudio, en los
bailes, a la orilla del río Olimar.
Infantería n°10, donde son golpeados, torturados con picana, plantones, submarino, incluso
los colgaban, los desnudaban y ejercieron sobre ellos tortura psicológica. Niños de 13 y 15
años, adolescentes de 17 años, fueron tratados con la misma violencia que ejercieron
contra los mayores por los representantes del Estado uruguayo de aquel entonces.
Según el relato de Marisa Fleitas, en diarios de la época se les acusó de tener sífilis -en
aquella época tener esta enfermedad se consideraba un insulto y una deshonra-, lo que
implicó que a la mayoría de los jóvenes les fuera inyectada penicilina, algo constatado por la
justicia, pero que no pudo ser juzgado porque el delito prescribió.
Pasadas las semanas, enviaron a algunos de los jóvenes a dependencias del Consejo del
Niño en Montevideo; a los varones al Álvarez Cortés, y a las mujeres al entonces Hogar
Yaguarón -inaugurado como sitio de memoria el 30 de julio de 2023-, donde permanecieron
varios meses, e incluso años, secuestradas. A otros los mantuvieron detenidos en el
Batallón n°10.
Una de las consecuencias inmediatas que padecieron los jóvenes fue el impedimento de
volver a estudiar; se les prohibió acceder a instituciones educativas, tanto privadas como
públicas. Pero sin dudas, las consecuencias más importantes fueron físicas, psicológicas y
emocionales. La justicia no puede reparar las heridas, pero puede traer un poco de alivio a
tantos años de silencio, y cimentar, necesariamente, un Estado y una sociedad que no
comulguen con la impunidad.