A un año de la entrada en vigor de la "Ley Trans", persisten importantes desafíos en la aplicación efectiva de los derechos reconocidospara las personas transmigrantes en España.
Uno de los aspectos más problemáticos es la adaptación de sus documentos de identidad a su género, un derecho fundamentalquese ve obstaculizado por la exigencia de desmostrar que en su país de origen es imposible o extremadamente difícil realizar la rectificación de nombre y género. Esta exigencia no solo añade una carga burocrática injusta, sino que también perpetúa situaciones de vulnerabilidad y discriminación.
La exigencia de obtener documentación oficial que acredite esta imposibilidad puede resultar en un proceso largo, costoso y a menudo ineficaz, ya que los procedimientos legales y administrativos en muchos países pueden ser complejos, opacos o incluso inexistentes en lo que respecta a los derechos trans
Al exigir esta prueba, se está reforzando indirectamente la discriminación institucional que estas personas ya enfrentan en sus países de origen. En muchos casos, los gobiernos que no permiten la rectificación de género en documentos oficiales lo hacen porque no reconocen o no respetan los derechos de las personas trans. Al pedir a las personas que justifiquen la inacción o el rechazo de sus países de origen, se les obliga a revivir experiencias de discriminación y a exponerse a entornos hostiles, lo cual es contrario a los principios de dignidad y respeto que debería promover la ley.
En lugar de exigir estas pruebas, sería más justo y humano que la ley permitiera la adecuación de documentos en España basándose únicamente en la simple declaración de la persona trans. Esto no solo simplificaría el proceso, sino que también enviaría un mensaje claro de respeto hacia la autodeterminación de las personas trans, independientemente de su país de origen.
Otro aspecto problemático es la falta de protocolos claros. Las personas trans migrantes que han intentado hacer uso de este derecho se han topado con el desconocimiento de las administraciones españolas, lo que genera frustración y obstáculos adicionales.
La Ley Trans establece un plazo de un año para la creación de protocolos que guíen la implementación de los derechos reconocidos en la ley, incluyendo la adecuación de documentos oficiales. Sin embargo, a medida que se cumple este plazo, la ausencia de instrucciones detalladas y mecanismos claros de implementación ha dejado en "papel mojado" este derecho.
La inexistencia de protocolos y la falta de formación en las administraciones no solo afecta la vida diaria de las personas transmigrantes, sino que también perpetúa su invisibilidad y vulnerabilidad. Sin documentos que reflejen su identidad de género, se enfrentan a dificultades para acceder a servicios básicos, como la atención sanitaria, la educación y el empleo, además de exponerse a situaciones de discriminación y estigmatización.
El derecho a la identidad de género es un derecho humano fundamental que no debería estar condicionado por las limitaciones legales o la falta de reconocimiento en el país de origen. España, al ser un país que se compromete con la defensa de los derechos humanos, tiene la responsabilidad de garantizar que todas las personas trans, incluidas las extranjeras, puedan ejercer plenamente su derecho a la identidad sin obstáculos adicionales.
Graciñas a Asociación de Migrantes de Galicia - AMIGA e a Andrea