Estas son las exigencias del Congreso para evitar que los agitadores ultras revienten la actividad parlamentaria
Los medios de comunicación con menos de 10 trabajadores, así como ‘YouTubers’ no podrán acceder a la Cámara.
El pasado martes 22 de julio, el Congreso de los Diputados aprobó, de forma definitiva, la reforma del Reglamento del Congreso para sancionar a agitadores ultra, instaurando una serie de apercibimientos a todo aquel que incumpla las normas mínimas de convivencia.
En esta línea se le suma la admisión de una normativa específica, aprobada el martes 2 de septiembre por la Mesa del Congreso, la cual dictamina que los periodistas pueden ejercer su labor en la Cámara, pero que no se acreditará la entrada a medios que tengan menos de diez trabajadores, a canales de YouTube y a cadenas de televisión de difusión digital.Del mismo modo, tampoco obtendrán acreditación las páginas web agregadores de contenidos, ni las ediciones digitales de medios de comunicación tradicionales. Los periodistas que trabajen o colaboren con equipos de comunicación de partidos
Quiénes están acreditados?
Esta instrucción determina, no solo la necesidad de acreditación para ejercer la labor periodística en el Congreso, sino que también concreta los espacios a lo que pueden acceder, la actividad que puede realizar cada representante de los medios de comunicación y el desarrollo del procedimiento sancionador.
Por tanto, los únicos profesionales que tienen admisión para grabar dentro de la Cámara son los reporteros gráficos y operadores de televisión. Por su parte, los redactores literarios no podrán tomar imágenes, pero sí registrar el audio con los distintos dispositivos de grabación.
En concreto, los reporteros gráficos y operadores de televisión se abstendrán de captar imágenes de los dispositivos electrónicos personales de los miembros de la Cámara y del Gobierno, o del contenido de cualquier documento que los mismos empleen en el curso de las sesiones parlamentarias.
Siguiendo el contexto, se prohíbe cualquier tipo de captación de imagen o sonido en el recinto parlamentario que vulnere la intimidad personal o el secreto de las comunicaciones.
Asimismo, este documento establece que las entrevistas o peticiones de declaraciones solo se harán con el permiso de la persona entrevistada, por lo cual no podrán producirse seguimientos al interpelado una vez lo hayan decidido.políticos se quedarán fuera de la cámara, también sin acreditación.
Quiénes están acreditados?
Esta instrucción determina, no solo la necesidad de acreditación para ejercer la labor periodística en el Congreso, sino que también concreta los espacios a lo que pueden acceder, la actividad que puede realizar cada representante de los medios de comunicación y el desarrollo del procedimiento sancionador.
Por tanto, los únicos profesionales que tienen admisión para grabar dentro de la Cámara son los reporteros gráficos y operadores de televisión. Por su parte, los redactores literarios no podrán tomar imágenes, pero sí registrar el audio con los distintos dispositivos de grabación.
En concreto, los reporteros gráficos y operadores de televisión se abstendrán de captar imágenes de los dispositivos electrónicos personales de los miembros de la Cámara y del Gobierno, o del contenido de cualquier documento que los mismos empleen en el curso de las sesiones parlamentarias.
Siguiendo el contexto, se prohíbe cualquier tipo de captación de imagen o sonido en el recinto parlamentario que vulnere la intimidad personal o el secreto de las comunicaciones.
Asimismo, este documento establece que las entrevistas o peticiones de declaraciones solo se harán con el permiso de la persona entrevistada, por lo cual no podrán producirse seguimientos al interpelado una vez lo hayan decidido.
Cuáles son las infracciones
La reforma del Reglamento, aprobada el pasado 22 de julio, divide las infracciones en tres niveles: leves, graves y muy graves, y en función de la que cometa, la sanción será más elevada.
Se considera infracción leve al acceso a espacios restringidos de la Cámara, o a la omisión de información a la hora de solicitar la credencial. Este tipo de infracción se sancionará con un “apercibimiento”, y en algunos casos, con la suspensión de la credencial durante diez días.
Por otro lado, las infracciones graves se refieren, entre otras cosas, a la grabación de imágenes o audios sin autorización, la interrupción de ruedas de prensa, o comportamientos que perjudiquen la actividad de la Cámara o del resto de medios, y la sanción consiste en la suspensión de la acreditación, que varía entre en los once días a los tres meses.
Por último, en el apartado de faltas muy graves, se incluyen desde la grabación de imágenes y audios con dispositivos ocultos, hasta los insultos dentro del Congreso. En función del tipo y nivel de gravedad, la suspensión de acreditación irá desde los tres meses hasta los tres años, pudiendo incluso perder definitivamente la credencial.